Buenos Aires, 22 de Marzo de 2007.
Señores Presidentes:
Los abajo suscriptos somos dos de los cinco integrantes de la Comisión Negociadora que el Consejo Directivo de la UAR designara a mediados del año pasado, con facultades para negociar y llegar a acuerdos con la empresa Sport Five.
Los otros tres integrantes, E. Díaz, P. Carreras y M. Regginato no fueron consultados sobre la presente en razón de la actividad que desarrollan en sus respectivas uniones.
En cumplimiento del mandato encomendado, a fines del 2006 suscribimos los nuevos contratos con Sport Five.
Decidimos escribir la presente ante el tenor de un e-mail que enviara el Sr. Risler a todos los Presidentes de las Uniones del País (datado en 20 de Marzo a las 9,26 p.m.), y que llegara a nuestro conocimiento en el día de ayer.
Con muchos o todos de Uds. nosotros estuvimos reunidos el 23 de Febrero ppdo., informando y dando todas las explicaciones que Uds. consideraron apropiadas sobre la labor encomendada a la Comisión Negociadora. Indicamos allí que solo faltaba el paso legal de presentar los convenios ante el Juez del Concurso Preventivo de la UAR y la renuencia sin causa, por parte del Presidente y Secretario de la UAR, a hacerlo.
A ese momento, y según nos informara un Consejero de la UAR, los convenios habían sido objeto de tratamiento en una reunión del Consejo de la UAR, decidiéndose posponer la resolución al respecto, ya que el Sr. Risler y otros directivos de la UAR informaron que estaban en tratativas con altos funcionarios del grupo Lagardere, que a la sazón, había adquirido el paquete accionario de Sport Five S.A. Entendemos que los Sres. Consejeros no podían oponerse a ese pedido.
Los Señores Presidentes de las Uniones, ese mismo 23 de Febrero ppdo., decidieron requerir a la UAR la presentación de los convenios a la homologación judicial en plazo perentorio. Designaron un comité de cinco Presidentes para conversar con el Presidente de la UAR y, según se nos comentara, entregarle el requerimiento en ese mismo momento, salvo que existieren de parte del Sr .Risler argumentos significativos que obstaran a ello.
También según se nos informara, se planteó un compás de espera "hasta que el Sr. Risler se reúna con la Comisión Negociadora para explicar los avances en la negociación con Lagardere" Recién en ese momento y con la opinión de esta Comisión se le entregaría o no al Presidente de la UAR la referida instrucción. Esa reunión, se llevó a cabo entre el Sr . Risler y Hugo Porta, por la UAR y los ahora firmantes por la Comisión Negociadora.
En la misma se nos indicó que en Europa habían tenido reuniones con personas importantes del grupo Lagardere "que no podían identificar por acuerdo de confidencialidad" y con un contenido que tampoco podían explicitar. Como Uds. entenderán, si no pudieron decir con quien se reunieron y que temas trataron, evidentemente no existía para nosotros ningún hecho nuevo.
Es inentendible que no pudieran explicarnos cual era el temario y adonde habrían llegado en esa mencionada negociación.
Pero, adicionalmente, les exhibimos en ese momento una fotocopia de una carta suscripta días anteriores por el Presidente de Lagardere, donde le informaban al presidente de Sport Five de Argentina que Lagardere desconocía toda reunión o acuerdo de alguna índole con funcionarios de la UAR.
Risler y Porta, mostrando su desconcierto, sostuvieron la veracidad de la existencia de una reunión con la misma persona que firmaba la carta. Sin poner en duda esa afirmación les dijimos que, aún de ser cierta, era mas que evidente que Lagardere la desconocía, y que esa negativa no sugería, precisamente, una intención a llegar a un acuerdo diferente al logrado en Buenos Aires por nosotros.
Tratándose pues, y según sus dichos, de una óptima relación con el Presidente de Lagardere, pedimos que, como una demostración de los avances que enunciaban (aun sin informar nada de su contenido), obtengan de Lagardere una instrucción dirigida a los abogados de Sport Five en Argentina para que suspendan todo trámite y negociación por un plazo. Ello sería para nosotros una muy buena señal, y además evitaría cualquier actividad judicial o extrajudicial de Sport Five en nuestro País por ese lapso de tiempo.
Sport Five Argentina y Sport Five de Francia, a través de sus respectivos estudios de abogados de Argentina negaban enfáticamente la existencia de esas reuniones y de cualquier posibilidad de acuerdo diferente al arribado con nuestra Comisión luego de 6 arduos meses de negociación.
Nunca mas tuvimos una respuesta del Sr. Risler, y la carta de Lagardere o Sport Five nunca llegó, ni a nosotros ni a sus abogados.
Ya no con sorpresa, aunque con desagrado, nos enteramos la semana pasada que, intempestivamente, los abogados de la UAR activaron el proceso judicial suspendido desde hacia mas de 7 meses, pidiendo una sentencia precisamente en el incidente de resolución del contrato a Sport Five S.A.-
Dos Consejeros de la UAR pocos días después confesaron en una reunión, donde Cristian Miguens estuvo presente, que ellos no tenían el menor conocimiento que se hubiese instruido a los abogados de la UAR para que impulsen ese proceso suspendido hace ya 7 meses.
Es decir:
a) Sin autorización y conocimiento del Consejo de la UAR, "alguien" ordenó activar el procedimiento judicial. (Recuerdo que en la anterior reunión del Consejo se había concedido por solicitud del Presidente, un compás de espera de 30//40 días antes de presentar los convenios a homologación por las "gestiones" que se realizaban con Lagardere). Es decir, no sólo no se planteó el dar este impulso procesal ante el Consejo, sino que se efectivizó este acto hostil antes de que ese plazo –que era para seguir gestiones amistosas con Lagardere-, se hubiese cumplido.
b) Se destaca nuevamente una flagrante contradicción entre el texto del e-mail que origina esta carta, donde el Sr. Risler indica que el Comité de 5 Presidentes le había concedido al Consejo de la UAR un lapso de 40/45 días para "gestionar un mejor acuerdo" pero se acciona a las dos semanas judicialmente contra la parte con la que debían acordar.
Es obvio destacar que no se informó – tampoco - a ese Comité de Presidentes, lo que decidieron hacer en los Tribunales.
Se nos ha informado, adicionalmente, que nunca el Comité de Presidentes le concedió tal plazo, pero aun para el caso de así haber sido, difícil o increíble resulta creer que pudieran obtener un "mejor acuerdo" con Sport Five instruyendo simultáneamente a sus abogados para que prosigan una acción judicial contra Sport Five, sin aviso previo y en proceso suspendido por acuerdo de partes.-
Solo se nos ocurre pensar a esta altura de los acontecimientos que se desea plantear una situación de conflicto tal que evite la presentación de los acuerdos a homologar.
Señores Presidentes, esta Comisión Negociadora fue elegida por el propio Presidente de la UAR Sr. Alejandro Risler y luego fue designada por acta del Consejo de la UAR. No puede presumirse de nuestra parte una actitud tendenciosa. De Risler, Sanz, contadores y funcionarios de la UAR y de sus abogados recibimos todos los elementos, datos, cifras y limites para nuestro accionar.
Las cinco personas designadas por la UAR estuvimos en contacto permanente y cada uno de los pasos dados fue decidido en forma unánime. No es nuestra intención invadir un campo político que queda en vuestras manos. Sin embargo entendemos que no pueden dejar de conocer que nunca se nos dio por el Presidente o Secretario de la UAR,, pese a las abundantes y largas reuniones con ellos que Uds. adivinarán, una sola razón cierta para que los contratos no sean presentados a homologar.
Pensamos que no pueden dejar de conocer en forma directa estas alternativas.
Saludamos a Uds. con la mayor consideración.
Cristian Hugo Miguens; Esteban Vergara.
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