Fiat Fire (Foto ilustrativa)
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24.08.2006 | 10:28
Reglamento para el Sorteo del 0Km

Se trata de las reglas y procedimientos a seguir respecto al Sorteo del Auto 0km, que se llevará a cabo el día de la Gran Final del Torneo Cuyano 2006 en el mes de octubre.

PROMOCIÓN
"Stilo Denver”
REGLAMENTO

PATROCINADOR Y PARTICIPANTES

1. La Unión de Rugby de Cuyo a fin de promover el desarrollo del juego, objetivo primordial estutario, proveer a su auto-sostenimiento y fomentar el espectáculo deportivo desarrolla la siguiente promoción denominada “Stilo Denver”.

2. La finalidad de la misma es la venta de números para sortear un vehículo con cada entrada que se venda en los partidos oficiales de Primera División, rondas finales de la Zona Ganadores de la temporada 2006.

3. El día de la final del Campeonato, de entre los espectadores presentes se sortearán distintos premios y a tal fin las entradas vendidas acumularán números para el sorteo

4. Se impone entonces de regular el concurso.

5. En adelante cuando se diga “el reglamento” se refiere a este documento y cuando indique “la promoción” se refiere a la actividad promocional aquí regulada.

6. La promoción y la forma de participación son por tiempo limitado. Ambas estarán vigentes desde el 5 de agosto hasta el 15 de octubre de 2006 o el día de la final del Torneo, lo que ocurra con anterioridad.

7. Podrán participar en la promoción todas las personas físicas que adquieran entradas para los partidos oficiales de Primera División de la Unión de Rugby de Cuyo, rondas finales de la Zona Ganadores de la temporada 2006, en ese sentido, la promoción está dirigida al socio de club o allegado o espectador de Rugby. Bajo ninguna circunstancia se aceptará la participación directa de menores de edad. En el caso de personas jurídicas, la persona que conste en una certificación de personería, será el que reclame el premio.

FORMA DE PARTICIPAR


1. Toda persona que desee participar en la promoción o reclamar un premio, deberá tener conocimiento de este Reglamento, en cual se difundirá en la página de Internet: www.rugbydecuyo.com.ar ya que el reclamo, la aceptación y el recibo de un premio, conlleva la forzosa e ineludible obligación de conocer las condiciones y la forma de participación, así como las limitaciones y responsabilidades que se establecen en este reglamento en cuanto a los premios.

Por lo anterior y para todos los efectos legales, el patrocinador o la Unión de Rugby de Cuyo, entenderá que la manifestación de voluntad de la aceptación de ese conocimiento, se verificará por el hecho de reclamar el respectivo premio, en cuyo caso, el patrocinador podrá exigir al interesado, que mediante documento escrito, manifieste dicha declaración y a su vez se adhiera por completo a todas y cada una de las cláusulas del reglamento.

Si una persona no se adhiere o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, el patrocinador no asumirá ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de entregar el premio.

2. La presente es una promoción EXCLUSIVA para consumidores finales, la cual requiere la compra de una entrada para los partidos oficiales de Primera División de la Unión de Rugby de Cuyo, rondas finales de la Zona Ganadores de la temporada 2006, en las condiciones que arriba se ha señalado y el cumplimiento de los requisitos que se indican en este reglamento.
3. Durante el período en que la promoción se encuentre vigente, las personas interesadas en participar podrán hacerlo de la siguiente forma: comprar una entrada para los partidos oficiales de Primera División de la Unión de Rugby de Cuyo, rondas finales de la Zona Ganadores de la temporada 2006 en la taquilla del lugar del evento o bien en los lugares designados para la venta por la Unión de Rugby de Cuyo.

4. El día de la final del Campeonato Oficial de Rugby de Primera División, temporada 2006, Zona Ganadores, se sorteará un automóvil Fiat Uno Fire de entre los espectadores que se encontraren allí presentes.-La ausencia de ganador en el momento inmediato del sorteo facultará al organizador a realizar un nuevo sorteo hasta que el número ganador se encuentre entre los espectadores presentes. La modalidad de sorteo, será determinada por la organización con anterioridad al día del partido-
5. De entre los participantes que se encuentren el día y hora del partido en el estadio, se realizarán varios sorteos.

PREMIOS, DESCRIPCIÓN, FORMA DE RECLAMARLOS Y CONDICIONES

1. En esta promoción se obsequiará UN TOTAL DE 10 PREMIOS, los cuales consisten en:
• 1 (uno) automóvil Fiat Uno Fire, modelo 2006 de propiedad de Fiat Denver
• 9 teléfonos celulares de propiedad de Movistar.
La Organización podrá incorporar a la promoción los premios que desee como así también realizar las modificaciones que estime convenientes. La entrega de los premios queda sujeta a disponibilidad

1. El premio no incluye los gastos de inscripción del vehículo a nombre del ganador. El formulario de transferencia del vehículo deberá ser firmado en la Agencia y será entregado en el momento en el que el Registro Nacional emita la correspondiente autorización.
2. Los premios de esta promoción tienen las condiciones y limitaciones indicadas en este reglamento, a las cuáles deberán adherirse los favorecidos para poder ser declarados como ganadores.

3. Cada premio deberá ser retirado ÚNICAMENTE por la persona que sea declarada favorecida, quien deberá portar su cédula de identidad o documento de identificación válido y al día, con la entrada con el número favorecido
4. Una persona no podrá ser acreedora de más de un premio.

SORTEO, CONFIRMACIÓN, COMUNICACIÓN Y DIVULGACIÓN


1. Los sorteos se llevarán a cabo frente a un representante del patrocinador y un Notario Público, quién levantará el acta respectiva.

2. La organización determinará la manera de realización del sorteo como lo estime conveniente y de acuerdo a sus necesidades, circunstancias del evento, etc, sin que pueda exigírsele manera alguna de realización.

3. Cada persona favorecida en el sorteo, será contactada por el patrocinador mediante viva voz, en el estadio, para constatar la identidad y los datos del participante, y para determinar si cumple con los requisitos para ser declarado como ganador. Si la persona favorecida no fuese localizada en el transcurso de un minuto posterior a cada sorteo, o no cumple con los requisitos reglamentarios para recibir el premio, de dicha circunstancia se dejará constancia en el acta notarial que se levante al efecto. En estos casos, se procederá a convocar al primer suplente,o realizar un nuevo sorteo hasta que alguno sea favorecido quien asumirá las mismas obligaciones y responsabilidad que el favorecido. El favorecido será declarado ganador en el momento que acepte el premio con todas sus condiciones y limitaciones, sean las indicadas en este reglamento, y siempre y cuando firme el documento de aceptación del premio

4. El resultado de los sorteos, se dará a conocer en la página de internet: www.rugbydecuyo.com.ar mediante una lista con todos los ganadores. El ganador del vehículo se anunciará en los medios normales de prensa.

RESPONSABILIDAD, CONDICIONES Y RESTRICCIONES


1. La promoción está sujeta a las condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.

2. La presente promoción se rige por este Reglamento, y en forma supletoria y complementaria se tiene por incorporada la legislación nacional, la jurisprudencia judicial y administrativa, así como las resoluciones de la comisión del consumidor, en cuanto sean aplicables.

3. El patrocinador se reserva el derecho de determinar de acuerdo a los intereses de la actividad y de los derechos de los consumidores, los casos en que se incumpla con los artículos anteriores, y de suceder alguna de estas circunstancias, del hecho se dejará constancia en el Acta Notarial que el día del sorteo se levante a dichos efectos o si el hecho ocurre o se conoce posteriormente, en acta independiente.

4. Las pruebas que sustenten actos como los descriptos en los puntos anteriores, serán las que de acuerdo a los principios y leyes judiciales, sean las más comunes y/o permitidas por lo Tribunales de Justicia.

5. Cualquier asunto que se presente con la promoción y que no se encuentre previsto en el presente reglamento, será resuelto por el patrocinador, en estricto apego a las leyes de la República.

6. El simple acto de comprar una entrada-número y eventualmente reclamar el premio tal y como se describe en este reglamento, dará por hecho que el o la participante, conoce de la existencia de las condiciones y limitaciones de la promoción, de la participación y el premio, a las cuáles se han adherido.

7. Si el patrocinador por algún motivo no puede localizar a una persona que resultó favorecida, porque no se pudo ubicar en ese momento, o no estaba atenta o no poseía el número en ese momento, o no era elegible o llegase tarde, ello no generará responsabilidad de ningún tipo para el patrocinador u organizador, y el interesado perderá el derecho a reclamo o indemnización alguna posterior al sorteo. Deberá haber total coincidencia entre los datos brindados para participar y el documento de identificación del favorecido; de otro modo el premio no será entregado.

8. El patrocinador podrá verificar los datos aportados por el participante, y la compra de la entrada-número tanto antes como después del sorteo. Las personas que no cumplen con los requisitos reglamentarios, serán descalificadas.

9. Bajo ninguna circunstancia, el patrocinador reconocerá el reclamo de un premio, que no esté amparado a la presentación del documento de identificación del favorecido.

10. El patrocinador se compromete a entregar únicamente la cantidad máxima de premios que ha ofrecido con la presente promoción.

11. El vehículo será inscrito únicamente a nombre de la persona que resulte favorecida, y no podrá ser traspasado hasta haber transcurrido al menos treinta días hábiles después que el vehículo se encuentre inscrito a nombre del favorecido.

12. La marca y características del automóvil ha sido elegida por el patrocinador, y no se permiten cambios. El color lo escogerá el patrocinador, únicamente entre las existencias de los vehículos al momento de hacer el reclamo del vehículo.

13. Este premio cuenta con las características, garantías y limitaciones propias de la empresa proveedora del mismo. La información a este respecto será dada a conocer a la persona favorecida al momento de hacerle entrega de su premio, siempre y cuando ya haya escogido el vehículo, por medio del manual de uso que cada uno de éstos vehículos trae de fábrica, y de ser necesario, lo que el proveedor dé a conocer adicionalmente en forma verbal.

14. La responsabilidad del patrocinador culmina con la entrega del vehículo, no se responsabiliza por accidentes, muerte, enfermedades o gastos médicos en los que puedan ocurrir por el uso y disfrute de cualquier premio.

15. El favorecido con el vehículo deberá hacerse cargo del pago de los impuestos respectivos para poder hacer uso de este premio (patentes, derecho de circulación, seguros, revisión técnica y otros). Asimismo, de todos los gastos que se deriven del uso y mantenimiento de cada vehículo correrán también por cuenta del favorecido (gasolina, aceite, filtros, llantas, desgaste, etc.).

16. El vehículo no cuenta con seguro voluntario, por lo tanto, el patrocinador no se hará responsable del vehículo, a partir del momento en que el vehículo salga de la agencia. Se recomienda suscribir una póliza, pero esta opción obviamente es voluntaria.

17. El favorecido será responsable del uso y disfrute del premio, desde el momento mismo en que entre en su posesión. Por tanto, cualquier inconveniente o problema que se le pueda presentar por el uso que del mismo haga, sea él, o una tercera persona, ni por los daños que se puedan ocasionar, ni por las infracciones a la ley de tránsito, será responsabilidad del patrocinador, ni copatrocinador.
18. Asimismo, será responsable por la obtención y/o renovación de la licencia de conducir de las personas que hagan uso del mismo. Esta responsabilidad es del ganador, para el uso y disfrute de este premio.

19. El vehículo cuenta con la garantía limitada estándar que fabricante y el proveedor indiquen. El favorecido deberá hacerse cargo de cualquier reparación que no esté cubierta por los términos de esta garantía. El favorecido deberá enterarse de la forma de operar y mantener su vehículo.

20. Cualquier reclamo o consulta con respecto al uso y/o garantía de este premio deberán ser hechos directamente a la agencia.

21. Los gastos de traslado del automóvil son responsabilidad y serán sufragados por el favorecido. Asimismo, son de entera responsabilidad del favorecido todos los pasos a seguir para la correcta utilización de su premio, ello de conformidad con el sus respectivos manuales.

22. La marca del vehículo de esta promoción, es propiedad de su titular, y por lo tanto, el patrocinador no reclama ningún derecho sobre ella.

23. El patrocinador suspenderá en forma inmediata la promoción, sin asumir responsabilidad alguna, si se llegará a detectar defraudaciones tales como alteraciones, imitaciones, reimpresiones, sustituciones o cualquier otra irregularidad de fuerza mayor con los códigos o el sistema contratado, que afecte gravemente los intereses del patrocinador. Igualmente, el patrocinador se reserva el derecho de modificar este reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha de la promoción, siempre y cuando no afecten a los participantes, desde la perspectiva de disminuir los beneficios ofrecidos. Las anteriores circunstancias se comunicarán en la misma forma que el presente reglamento, fecha a partir de la cual la promoción cesará, o la reforma al reglamento quedará vigente.

24. Si se demuestra que una persona no brindó los datos correctos, o recibió un premio por medio de engaño, el patrocinador podrá reclamar el premio entregado en cualquier momento, y se reserva el derecho de tomar las acciones legales del caso.

25. El derecho al premio y el premio en sí no es negociable, ni puede ser comerciado de ninguna forma. Este premio será entregado únicamente a la persona declarada como favorecida en el sorteo de la presente promoción, una vez verificado que cumple con los requisitos reglamentarios.

26. Con el fin de hacer público el resultado de la promoción, la persona que resultó favorecida autoriza que su nombre e imagen aparezcan en publicaciones, medios publicitarios y de forma general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción, como entrega y recibo del premio, sin que ello implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen.

27. Para mayor información o consultas se puede llamar al teléfono 0261-4201424 en horas y días hábiles.

Fuente: URC
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